Inicio › Temas laborales › Indemnización por despido
La indemnización es el pago que te corresponde cuando tu empleador te despide sin una causa justificada por la ley. Se regula en el artículo 82 del Código de Trabajo y es, casi siempre, el monto más grande dentro de una liquidación laboral.
¿Cuándo corresponde?
| Situación | ¿Da derecho a indemnización? |
|---|---|
| Despido injustificado | Sí |
| Renuncia voluntaria | No |
| Despido con causa justificada (falta grave probada) | No |
| Vencimiento normal de un contrato a plazo fijo | No |
| Reducción de personal o cierre de la empresa | Generalmente sí |

Fórmula
- Calcula el promedio de tus últimos 6 salarios devengados (si tu salario es fijo, es el mismo monto).
- Cuenta cuántos años completos trabajaste.
- Por cada año completo, sumá un mes de ese salario promedio.
- Si trabajaste una fracción de año adicional, sumá la parte proporcional de un mes de salario.
Usa días trabajados ÷ 365 para la fracción de año, el mismo método que el bono 14 y el aguinaldo. Es una estimación, no un cálculo legal definitivo.
Plazo para reclamarla
No dejes pasar el tiempo después del despido
Seguín las fuentes consultadas, el plazo general para reclamar la indemnización y otras prestaciones ante las autoridades de trabajo es de 30 días hábiles desde que terminó la relación laboral. Si pasó ese tiempo, consultá de todas formas con el Ministerio de Trabajo o un abogado laboral: hay matices según el caso.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la indemnización por despido en Guatemala?
Un mes del promedio de tus últimos 6 salarios por cada año completo trabajado, más la parte proporcional si trabajaste una fracción de año adicional.
¿Si renuncio tengo derecho a indemnización?
No. La indemnización del artículo 82 aplica únicamente cuando el despido es injustificado o hay causas asimiladas, como la reducción de personal.
¿Qué salario se usa como base para calcularla?
El promedio de tus últimos 6 salarios devengados, no solo el último mes.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la indemnización?
Según las fuentes consultadas, 30 días hábiles desde que terminó la relación laboral; consultá tu caso puntual con el Ministerio de Trabajo o un abogado.
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Quien escribe esto. Somos el equipo editorial de IntecapCursos. Revisamos el Código de Trabajo, los decretos y acuerdos gubernativos vigentes, y varias fuentes especializadas en derecho laboral guatemalteco antes de escribir cada guía, y marcamos explícitamente cuándo dos fuentes no coinciden en un dato en vez de elegir una al azar.
Si encontraste un dato desactualizado o un cálculo que no te cierra, escribinos desde la página de contacto y lo corregimos.
Fuente de los datos: Código de Trabajo de Guatemala, Decreto 42-92 (bono 14), Decreto 76-78 (aguinaldo), acuerdos gubernativos de salario mínimo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, y el reglamento de recaudación de contribuciones del IGSS. Incluye el artículo 82 del Código de Trabajo de Guatemala. Última revisión: septiembre de 2026. Los montos y porcentajes pueden cambiar por acuerdo gubernativo o reglamento: confirma siempre la cifra vigente en la fuente oficial antes de tomar una decisión.
