Aguinaldo en Guatemala: cómo se calcula y cuándo se paga

Aguinaldo en Guatemala, como se calcula
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El aguinaldo es la otra prestación anual obligatoria, creada por el Decreto 76-78. Igual que el bono 14, equivale a un mes de salario por un año completo de servicio, pero se paga en dos partes y en un período distinto.

Cuándo se paga

Cuota Plazo legal
50% primera quincena de diciembre
50% primera quincena de enero
El aguinaldo se paga en dos partes, diciembre y enero

Qué período se toma en cuenta

El año de aguinaldo corre del 1 de diciembre de un año al 30 de noviembre del siguiente. Con un año completo de servicio continuo te corresponde un mes de salario; con menos tiempo, la parte proporcional.

Fórmula

  1. Identifica cuántos días trabajaste dentro del período del 1 de diciembre al 30 de noviembre.
  2. Multiplica tu salario mensual ordinario por esos días.
  3. Divide el resultado entre 365.
  4. Ese monto se paga en dos partes iguales: mitad en diciembre y mitad en enero.
Calcula tu aguinaldo
Calculadora de aguinaldo

Estimación orientativa: no reemplaza el cálculo que debe hacer tu empleador.

Hay multa explícita por incumplimiento

Si tu empleador no paga el aguinaldo (ni siquiera la primera cuota de diciembre), la ley prevé multas de 8 a 18 salarios mínimos mensuales por cada trabajador afectado.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga el aguinaldo en Guatemala?

El 50% en la primera quincena de diciembre y el otro 50% en la primera quincena de enero.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Igual que el bono 14, pero con el período del 1 de diciembre al 30 de noviembre: salario mensual × días trabajados en ese período, dividido entre 365.

¿Qué pasa si no llevo un año completo trabajando?

Te corresponde la parte proporcional al tiempo que llevas trabajando dentro del período.

¿Hay sanción si el patrono no paga el aguinaldo?

Sí, la ley establece multas de 8 a 18 salarios mínimos mensuales por cada trabajador al que no se le pagó.

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Quien escribe esto. Somos el equipo editorial de IntecapCursos. Revisamos el Código de Trabajo, los decretos y acuerdos gubernativos vigentes, y varias fuentes especializadas en derecho laboral guatemalteco antes de escribir cada guía, y marcamos explícitamente cuándo dos fuentes no coinciden en un dato en vez de elegir una al azar.

Si encontraste un dato desactualizado o un cálculo que no te cierra, escribinos desde la página de contacto y lo corregimos.


Fuente de los datos: Código de Trabajo de Guatemala, Decreto 42-92 (bono 14), Decreto 76-78 (aguinaldo), acuerdos gubernativos de salario mínimo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, y el reglamento de recaudación de contribuciones del IGSS. Incluye el Decreto 76-78, Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo. Última revisión: septiembre de 2026. Los montos y porcentajes pueden cambiar por acuerdo gubernativo o reglamento: confirma siempre la cifra vigente en la fuente oficial antes de tomar una decisión.